División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio N° 21890
3 de diciembre de 2021
DJ-1895
Licda.
Monica Vargas Bolaños
Jefe de Auditoría Interna
Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes (COLYPRO)
(Correo electrónico: mvargas@colypro.com)
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre la procedencia de recursos de apelación y revisión en
contra de los actos de desestimación y archivo de denuncias, emanados de la
Auditoría Interna del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía,
Ciencias y Artes (COLYPRO), de frente al principio de independencia funcional y de
criterio de las Auditorías Internas del sector público.
I. OBJETO DE LA CONSULTA
Mediante el oficio n.° CLYP-JD-AI-CAI-5820 de 27 de agosto de 2021 suscrito por la Licda.
Mónica Vargas Bolaños, Jefe de Auditoría Interna del Colegio de Licenciados y Profesores
en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes (COLYPRO), recibido en esta Contraloría General el
mismo día, se solicitó el criterio del Órgano Contralor con base en las siguientes
interrogantes:
“1.1 En el caso de un Colegio Profesional ¿Puede existir recurso de
apelación ante algún ente superior, externo al Departamento de Auditoría
Interna, siendo que la estructura interna del Departamento no lo permite,
en contra del acto de desestimación y archivo de una denuncia emitido por
parte de la Auditoría Interna? En caso de que la pregunta anterior sea
afirmativa: ¿Qué ocurre con la independencia funcional y de criterio de la
Auditoría Interna si, al resolver un recurso de apelación, el superior
establece un criterio distinto y procede a revocar el acto emitido por el
Auditor Interno? ¿Quién dirime el conflicto?, lo anterior dada la
independencia funcional y de criterio de las Auditorías Internas respecto
del jerarca y demás órganos de la administración activa, según lo
consagran los artículos 25 de la Ley General de Control Interno, Ley N.º
8292 del 31 de julio de 2002 (LGCI), y 62 de la Ley Orgánica de la
mailto:m ...
Fecha publicación: 10/12/2021
Fecha emisión: 03/12/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Normas de Control Interno
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 21181
25 de noviembre, 2021
DFOE-CAP-0917
Máster
Enrique Víquez Fonseca
Director Ejecutivo
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y
ARTES
Estimado señor:
Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad
de gestión institucional
Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de
Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la
capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la
capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas
prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la
generación de valor público.
Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión
institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión
Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y
cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la
capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos
disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados.
Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para
resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones
definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera,
potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de
gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor
público mediante el desempeño ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio N° 18493
22 de noviembre de 2021
DJ-1833
Señora
Monica Vargas Bolaños
Jefe de Auditoría
COLYPRO
Ce:mvargas@colypro.com
Estimada señora:
Asunto: Aclaración y adición al oficio n° 17740 (DJ-1773).
Se refiere este Despacho a su oficio n° CLYP-JD-AI-CAI-7421 del 12 de
noviembre de 2021, recibido en esta Contraloría General el mismo día, mediante el
cual solicita aclaración y adición del oficio n° 17740(DJ-1773).
I. OBJETO DE LA SOLICITUD DE ACLARACIÓN Y ADICIÓN
La Auditora consultante solicita aclaración y adición sobre lo siguiente:
“(...) Por todo lo anterior y para mayor claridad en las funciones
de esta Auditoría Interna, rogamos aclarar las razones por las
cuales el informe al que se hace referencia en el artículo 21 de la
Ley 4770, de acuerdo al criterio emitido por ustedes, no es
considerado un informe de investigación preliminar y ampliar
entonces ¿Qué tipo de informe es?, para efectos de mejor
comprensión y valoración de los procedimientos relacionados
con el mismo en el cumplimiento de las funciones de dicha
Auditoría, para dicha aclaración considerando, que no existe
ningún procedimiento ni documento previo, concebido en la Ley
o Reglamento del Colegio, para aplicar u operativizar lo que
indica el artículo 21 de la Ley 4770, sino que es con base en el
mismo, únicamente, que la Fiscal realizaría las investigaciones
en ese sentido(pueden ser por denuncia o de oficio) y elevaría
informe a Junta Directiva y ésta a Asamblea.(...) ”.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:mvargas@colypro.com
mailto:contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
II. CRITERIO DEL ÓRGANO CONTRALOR
. En el oficio n° 17740(DJ-1773) se manifestó el criterio respecto a la
naturaleza del informe que debe dar el fiscal en el contexto del numeral 21 de la
Ley ...
Fecha publicación: 22/11/2021
Fecha emisión: 22/11/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: PN Ley 8292 General de Control Interno
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio N° 17740
10 de noviembre de 2021
DJ-1773
Señora
Monica Vargas Bolaños
Jefe de Auditoría
COLYPRO
Ce:mvargas@colypro.com
Estimada señora:
Asunto: Consulta relacionada con la necesidad de aplicar lo
establecido en los numerales 6 de la Ley General de Control
Interno y 8 de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito al trámite descrito en el numeral 21 de
la Ley n° 4770.
Se refiere este Despacho a su oficio n° CLYP-JD-AI-CAI-6321 del 21 de
setiembre de 2021, recibido en esta Contraloría General el mismo día, mediante el
cual consulta el criterio de este Órgano Contralor en relación con la necesidad de
aplicar lo establecido en los numerales 6 de la Ley General de Control Interno y 8
de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito al trámite descrito en el
numeral 21 de la Ley n° 4770.
I. OBJETO DE LA CONSULTA
La Auditora consultante solicita el criterio sobre lo siguiente:
“(...) En el artículo 21 de la Ley 4770 se establecen los causales
para que un miembro de Junta Directiva cese en sus funciones,
para lo cual se establece como requisito que la Fiscalía del
Colegio presente un informe a la Junta Directiva para que ésta lo
eleve a Asamblea. De acuerdo con lo anterior, el objeto de
consulta es determinar si dicho informe que debe presentar la
Fiscalía, debe aplicarse en concordancia con lo establecido en el
artículo 6 de la Ley General de Control Interno, así como, el
artículo 8 la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
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División Jurídica
2
en la función pública Ley N° 8422? o ¿Pueden establecerse
procedimientos internos diferentes a los que establece la citada
normativa? (...) ”.
Así mismo en el oficio en e ...
Fecha publicación: 10/11/2021
Fecha emisión: 10/11/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Confidencialidad de la Identidad del Denunciante
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 16702
27 de octubre, 2021
DFOE-CAP-0748
Licenciada
Mónica Vargas Bolaños
Auditora Interna
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
COSTA RICA
mvargas@colypro.com
auditoriainterna@colypro.com
Estimada señora:
Asunto: Criterio sobre acceso a documentos e información de órganos de Colegios
Profesionales por parte de las auditorías internas
Se atiende la consulta efectuada mediante el oficio CLYP-JD-AI-CAI-6021, en el cual
solicita el criterio de la Contraloría General respecto al acceso a documentos e información de
órganos de Colegios Profesionales por parte de las auditorías internas.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
El gestionante señala como antecedentes de la consulta el análisis del artículo 33 de la Ley
General de Control Interno, N° 8292 a la luz de diversos criterios de la Contraloría General, en
referencia a que los Jerarcas o titulares subordinados no deberán obstaculizar o impedir el libre
acceso a la información para las auditorías internas, así como lo relacionado con el inciso b) de
artículo citado que detalla:
Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie
fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la
forma, las condiciones y el plazo razonables, los informes, datos y documentos
para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados,
la solicitud será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos
públicos de los entes y órganos de su competencia institucional.”
Además, señala lo indicado por la Contraloría General mediante el dictamen N° DI-CR-468
del 6 de septiembre de 2004 respecto al libre acceso que debe tener la auditoría interna a las
fuentes de información para atención de las denuncias que le sean presentadas.
Considerando lo anterior, consulta lo siguiente:
“¿Puede dich ...
Fecha publicación: 01/11/2021
Fecha emisión: 27/10/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00340-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las nueve horas con cuarenta y dos minutos del veintidós de marzo del dos mil
veintiuno.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por PIE PROMOTORES INMOBILIARIOS
ESPECIALIZADOS S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No.
Mucap-DIP-001-2020, promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
(MUCAP), para contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para el desarrollo
de obras de infraestructura del proyecto denominado “Parque Esparcimiento La Cima” con
recursos del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) - Bono Colectivo, recaído a favor de
CONSORCIO PROYEKTA – LEIVA por un monto de ?288.135.616,00.---------------------------------
RESULTANDO
I. Que el doce de enero de dos mil veintiuno la empresa Pie Promotores Inmobiliarios
Especializados S.A. presentó ante la Contraloría General de la República recurso de apelación
en contra del acto de adjudicación de la licitación pública No. Mucap-DIP-001-2020, promovida
por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo.--------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las trece horas treinta y siete minutos del catorce de enero de dos mil
veintiuno, esta División requirió a la MUCAP la remisión del expediente del concurso. Dicha
prevención fue atendida mediante oficio No. DIP-0019-2021 del quince de enero de dos mil
veintiuno.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III. Que mediante auto de las diez horas con once minutos del vei ...
Fecha publicación: 25/03/2021
Fecha emisión: 16/03/2021
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00305-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las catorce horas treinta y seis minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno.----
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y
CONSULTORÍA S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No.
MUCAP-DIP-002-2020, promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
(MUCAP), para la “Contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para el
desarrollo de obras de infraestructura del proyecto denominado “Paseo Ecocultural San Isidro”
con recursos del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) - Bono Colectivo”, acto
recaído a favor del CONSORCIO PROYEKTA–LEIVA, por un monto de ¢256.293.201,93
(doscientos cincuenta y seis millones doscientos noventa y tres mil doscientos un colón con
noventa y tres céntimos).----------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que en fecha trece de enero del dos mil veintiuno, la empresa Molina Arce Construcción y
Consultoría Sociedad Anónima, presentó ante la Contraloría General de la República, recurso
de apelación en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública No. MUCAP-DIP-002-
2020, promovida por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo (MUCAP).-------------------------------
II. Que mediante auto de las nueve horas con cincuenta y seis minutos del quince de enero del
dos mil veintiuno, esta División le solicitó a la Administración licitante remitir el expediente
administrativo del concurso. Requerimiento que fue atendido según escrito agregado al
expediente digital de apelación.-------------------------------------------------------------------------------------
III. Que ...
Fecha publicación: 17/03/2021
Fecha emisión: 10/03/2021
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
División de Contratación Administrativa
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 02859
24 de febrero, 2021
DCA-0822
Señora
Mónica Vargas Bolaños
Auditora Interna
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y
ARTES COSTA RICA
Estimada señora:
Asunto: Se atiende solicitud de criterio sobre la aplicación de la Ley de Contratación
Administrativa a los entes públicos no estatales.
Se da respuesta al oficio CLYP-JD-AI-CAI-0821 de fecha 28 de enero del 2021, mediante
el cual formula varias consultas relacionadas con la aplicación de las normas en materia de
contratación administrativa a los entes públicos no estatales que no recibe fondos por timbres o
transferencias originadas en presupuestos de la República, sino que sus recursos provienen en
su mayoría de cuotas de sus colegiados y en un pequeño porcentaje de actividades propias.
En concreto solicita se responda lo siguiente:
1.- ¿Debe considerar los principios de contratación administrativa para sus procesos de
compras? De ser afirmativa esa respuesta y en caso de que las compras se realicen sin
considerar tales principios ¿Qué consecuencias podría tener la institución y/o las
personas que tomen decisiones apartándose de dichos principios?
2.- En caso de que la respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, y para aquellas
adquisiciones donde los montos elevados, puedan ser equivalentes o similares a los que
podrían corresponder si se compara con licitación pública:
2.1 ¿La aplicación de los principios de contratación implicaría que, como actividad
inicial del proceso de compra, se deba determinar previamente el objeto, las
especificaciones técnicas y las características del bien a adquirir, para garantizar el
cumpl ...
Fecha publicación: 02/03/2021
Fecha emisión: 24/02/2021
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00216-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las nueve horas cuatro minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno.-----
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN y
CONSULTORÍA SOCIEDAD ANONIMA en contra del acto de adjudicación de la
CONTRATACIÓN DIRECTA No. MUCAP-DIP-CD-002-2020 promovida por la MUTUAL
CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO para la “Contratación de una empresa constructora
(persona jurídica) para la ejecución de obras de mejoramiento de la infraestructura urbanística
del proyecto denominado parque recreativo Jorge Debravo, con recursos del fondo de
subsidios para la vivienda (FOSUVI) – bono colectivo que oferte el mejor precio y calidad sobre
el presupuesto asignado”, acto recaído a favor de la empresa Proyekta – Leiva por un monto de
?575.453.697,75.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el día once de diciembre del dos mil veintiuno, la empresa Molina Arce Construcción y
Consultoría Sociedad Anónima, presentó ante la Contraloría General de la República, recurso
de apelación en contra del acto de adjudicación de la contratación directa No. MUCAP-DIP-CD-
002-2020 promovida por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo.--------------------------------------
II. Que mediante auto de las ocho horas treinta minutos del ocho de enero del dos mil veintiuno,
esta División otorgó audiencia inicial a la Administración licitante y al Adjudicatario, con el fin de
que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a los alegatos formulados por
la apelante, y ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas. Dicha audiencia fue atendida
mediante escr ...
Fecha publicación: 24/02/2021
Fecha emisión: 17/02/2021
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Resolución del recurso de apelación
AUDIENCIA ESPECIAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las quince horas con seis minutos del diecinueve de febrero del dos mil
veintiuno.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y
CONSULTORÍA S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No.
MUCAP-DIP-002-2020, promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
(MUCAP), para la “Contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para el
desarrollo de obras de infraestructura del proyecto denominado “Paseo Ecocultural San Isidro”
con recursos del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) - Bono Colectivo”, acto
recaído a favor del CONSORCIO PROYEKTA–LEIVA, por un monto de ¢256.293.201,93
(doscientos cincuenta y seis millones doscientos noventa y tres mil doscientos un colón con
noventa y tres céntimos).----------------------------------------------------------------------------------------------
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, se confiere AUDIENCIA ESPECIAL a la empresa recurrente MOLINA ARCE
CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA S.A. por el improrrogable plazo de TRES DÍAS HÁBILES
contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, para que se refiera
puntualmente a los incumplimientos señalados en contra de su oferta, por el Consorcio
adjudicatario al momento de responder la audiencia inicial otorgada. Para la contestación de la
presente audiencia se le indica a la apelante que la respuesta de audiencia inicial del
adjudicatario así como sus anexos (documentos identificados con el número de ingreso NI
3657-2021) , se encuentran disponibles a folios 40 al 41 del expediente digital de la ap ...
Fecha publicación: 19/02/2021
Fecha emisión: 19/02/2021
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)